Acceso a medicamentos esenciales (4): Investigación y desarrollo
Por Roberts, para Unglobal.
El primer eslabón de la cadena del acceso a medicamentos esenciales es la investigación y el desarrollo de nuevos fármacos. En relación a esto, las compañías farmacéuticas defienden que la protección de la propiedad intelectual es esencial para apoyar la inversión continua en investigar y sacar al mercado nuevos productos. El principal argumento de las farmacéuticas para justificar sus decisiones hace referencia al tiempo, riesgo y coste asociado con el desarrollo de una nueva medicina. Según las compañías farmacéuticas, desarrollar un nuevo fármaco y ponerlo en el mercado cuesta 800 millones de dólares y unos 12 años de trabajo. Por ello estas compañías mantienen que la protección de los derechos de propiedad intelectual es necesaria para poder reinvertir en investigación y asegurar la provisión de nuevas medicinas eficaces.
Sin embargo, muchos consideran que este primer paso en la cadena del acceso a medicamentos está muy condicionado por los intereses comerciales de las compañías farmacéuticas. A pesar del argumento de necesitar protección de patentes para apoyar la investigación y el desarrollo de nuevos fármacos, de acuerdo a un informe de Médicos sin Fronteras, de 1223 nuevos fármacos comercializados desde 1975 a 1997, tan solo 13 eran específicos para enfermedades infecciosas tropicales, y sólo 4 de ellos provenían directamente de la investigación de la industria farmacéutica.
Es necesario saber que la industria farmacéutica es uno de los negocios más rentables del mundo, cuyos beneficios exceden desproporcionadamente lo que es necesario para mantener su investigación y desarrollo. Pero aún así, la cantidad de dinero que se asigna a investigación y desarrollo de medicamentos que serían esenciales en países en vías de desarrollo no es suficiente, y por otra parte, el Acuerdo ADPIC no fomenta lo suficiente la investigación para enfermedades infecciosas, ya que los países pobres no constituyen un mercado potencialmente rentable para motivar la inversión de las farmacéuticas en estos productos.
En otras palabras, "si no se soluciona el problema de la investigación y el desarrollo, el Acuerdo ADPIC perderá su legitimidad" (MSF 2003: 6), ya que se demostrará que su principal razón de existir no es válida y no tiene ningún sentido. Se demostrará que el Acuerdo ADPIC no protege ni apoya el desarrollo de fármacos para los más pobres.
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